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Karla Verónica Calcaneo Treviño
<vcalcaneot@conapred.org.mx>
Directora de Quejas del Consejo Nacional Para Prevenir la Discriminación (Conapred)
I. Puntualizaciones
En
respuesta a su oficio 000592 de fecha 19 de febrero del año en curso
por el cual el Conapred rechazó admitir mi queja por discriminación en
contra del señor
Luis de Llano Macedo, conocido productor televisivo, y de forma anexa los señores
Leo Zuckermann y
Javier Tello, conductores del programa de televisión abierta
Es la Hora De Opinar,
de ForoTV (Canal 4) de Televisa, por su complacencia respecto a las
expresiones discriminatorias hechas por el primero en el programa de los
segundos en contra de las que De Llano considera "indias patarrajadas",
le manifiesto lo siguiente:
El oficio que suscribe muestra falta de solidez jurídica e incluso
una deshonesta manipulación en la citación de las normas aplicables,
hecha a modo, a fin de esconder tras una leguleya pseudoargumentación
jurídica lo que no son más que apreciaciones subjetivas, las cuales en
ningún momento se argumentan y mucho menos se prueban. Entiendo que
aunque usted aparece suscribiendo tal oficio en lo individual en
realidad lo que el mismo revela es una serie de fallas estructurales en
el Conapred. Por eso al tiempo que le envío este correo se lo mando a
Ricardo Bucio, el presidente del Conapred, responsable último de las
políticas que se siguen en esa Comisión, pues aunque me dirijo a usted
considero que las manipulaciones y deshonestidades que encuentro la
rebasan a usted en lo individual.
Las mismas se hacen evidentes, por ejemplo, con la mentirosa
afirmación de que mi escrito de queja fue analizado "a la luz de los
tratados internacionales y de la normatividad interna" pero sin
identificar en ningún momento ese numeroso corpus jurídico que se
pretende haber consultado. En otras palabras se buscó "apantallarme" al
mencionar un conjunto de normas a las que se alude para dar la impresión
de un análisis exhaustivo de mi queja para así fundadamente rechazarla,
pero de esas numerosas leyes y tratados jamás se cita puntualmente
alguna en lo específico, porque en realidad jamás se hizo consulta
alguna.
La verdad es que el fundamento jurídico del oficio se limita a la
cita del artículo 4 de la Ley Federal para Prevenir y Combatir la
Discriminación; y a fin de poder rechazar la admisión de mi queja esa
única norma que se cita es interpretada a partir de una muy discutible y
parcial lectura del libro
El derecho a la libertad de expresión frente al derecho a la no discriminación, de los investigadores del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Pedro Salazar Ugarte y
Rodrigo Gutiérrez Rivas,
libro que es presentado como supuesta base doctrinal de la resolución
negativa. Se rechazó admitir mi queja con base en las muy particulares
si no es que interesadas consideraciones subjetivas de los funcionarios
del Conapred. Esto lo argumentaré y desarrollaré más adelante.
Y en cuanto al aspecto ético el oficio que suscribe es de un cinismo
e hipocresía realmente indignantes. Tras un tono superficialmente
atento y cordial muestra usted gran desprecio a un quejoso como yo, a
quien pretende "apantallar", engañar y ver la cara de tonto; ya no se
diga a las "indias patarrajadas" quienes obviamente a usted no le
importan nada. Esa hipocresía ha sido confirmada por el diferenciado
trato que se le dio a mi queja, rechazándola, y el trato que después
recibió la queja en contra del señor
Daniel Bisogno presentada por la diputada
Luisa Alcalde a nombre de
varios diputados federales, a partir de una denuncia hecha en tribuna por el diputado Ricardo Monreal Ávila quien c
omprobablemente mintió distorsionando lo escrito por Bisogno, a fin de hacerse publicidad como indignado luchador contra la discriminación.
El Conapred, institución supuestamente dedicada a combatir la
discriminación, resulta que discrimina entre las quejas presentadas por
los simples ciudadanos y aquéllas presentadas por políticos que son
acompañados de los medios de comunicación. Por eso solicitaré version
pública del expediente referente a la queja contra Bisogno, el cual
seguramente comprobará este trato diferenciado y discriminatorio.
A pesar de esa actitud suya trataré de dirigirme a usted con la
mayor civilidad que me sea posible, pues he solicitado cita al señor
Bucio a fin de tratar de zanjar este penoso asunto y aclarar
malentendidos, si es que ha habido alguno. Tuve una conversación al
principio difícil con Alberto Jerónimo Lacorte, Jefe del Departamento de Orientación, que terminó cordialmente porque tuvo una actitud de apertura y respeto
Puesto que enviaré copia de este correo electrónico a varias personas e incluso lo publicaré en mi blog personal [
teradatomoo.blogspot.com] a fin de hacerlo público, en beneficio de aquellos que no estén enterados del asunto hago el recuento del caso:
II.- El Acto Discriminatorio y la Resolución del Conapred
El
01 de junio de 2012 se transmitió la emisión de Es la Hora de Opinar
con la conversación con Luis de Llano Macedo. Los días viernes ese
programa, dedicado principalmente a mesas de discusión sobre temas de la
agenda pública, tiene invitados quienes señalan sus tres películas
favoritas, de las que se pasan fragmentos, y la conversación en general
gira alrededor de esas películas y temas anexos que sugieren. Las
películas que De Llano escogió fueron Qué bello es Vivir,
Nazarín e
Intocables.
A) ForoTV
Esta es una transcripción parcial de la
conversación sobre Nazarín, y que incluye las partes que interesan para
la queja. Me baso en la transcripción que hizo el Conapred. Los
subrayados en
negritas los hicieron ustedes:
[A partir minuto 06:53]:
Leo Zuckermann (LZ): Bueno vamos a la película, que es una película importante supongo para ti, que es Nazarín.
Javier Tello (JT): Es una película de Buñuel en la que
sale, sale tu madre como uno de los personajes centrales. Y también como
decías es un tema de rescate, en este caso el padre Nazario rescata a a
dos mujeres que se van junto con él como peregrinos.
Luis de Llano (LL):Yo
siento que es una película que a mí me marcó mucho porque mi madre yo
vivía, bueno, yo de chico, mi padre y mi madre cada quien agarró su
camino, mi hermana se fue a vivir con la familia de mi padre, yo me fui
con mi madre y mi abuela,
y yo vivía esas épocas un poco. Entonces me impactó mucho un día en que
mi madre me dijo que iba a hacer un casting para Buñuel y estaba muy
emocionada.
[Minuto 07:50 ]:
Mi
madre era una mujer que vivía de una belleza de esas increible,
entonces fue, se caracterizó de ese personaje y llegó al casting, a las
pruebas, vestida del personaje que hacia en la película, de india pero pata-rajada
y le dieron el papel. Entonces me impactó mucho como mi madre se metía
en el papel, al grado que no llegó a que le dijeran las cosas, sino ella
proponerle a Buñuel cómo podía hacer el papel, y ahí empezó un cambio
muy importante en mi madre en la forma de hacer las cosas.
[...]
[Minuto 08:45]:
LL: Pero aparte a mí me parecía un surrealismo
increíble, ver ese personaje de Marga López de una forma que representa
un tipo de cosas y mi madre que representa una india tepuja, pero que hablaba peor que cualquier india que podía haber.
El video del que se hizo la transcripción es consultable en:
http://tvolucion.esmas.com/foro-tv/es-la-hora-de-opinar/175397/luis-llano-platica-nazarin/
B) Conapred:
En el oficio que me envió y que ya he señalado, se rechazó la admisión
de mi queja. En su parte medular, en el oficio usted aparece afirmando:
El Consejo Nacional
para Prevenir la Discriminación es el organismo encargado de llevar a
cabo las acciones conducentes para prevenir y eliminar la
discriminación.
Ahora bien, el artículo 4 de la Ley Federal para
Prevenir y Eliminar la Discriminación señala que se entenderá por
discriminación toda distinción, exclusión o restricción que, basada
en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición
social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión,
opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por
efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los
derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas.
Esto
es, para poder determinar la existencia de un presunto acto
discriminatorio, debe haber una restricción, distinción o exclusión con
afectación en el ejercicio pleno de los derechos de una persona, basado
en alguna de las causas señaladas en el artículo en comento,
generalmente sustentada en prejuicios frente a la pertenencia de la
persona a grupos o colectivos en situación de vulnerabilidad, y sin que
exista una justificación objetiva y razonable[i].
En ese orden de
ideas, del análisis de su escrito a la luz de los tratados
internacionales y de la normatividad interna, así como del contenido del
programa de televisión referido, no se acreditaron los 3 elementos
contemplados en el artículo 4 de la Ley en comento, para determinar un
presunto acto de discriminación en agravio de las personas indígenas, ya
que no se connota la intención o finalidad de excluirlas de algún
derecho humano, es decir, no hay un efecto, por lo que este Consejo
Nacional carece de elementos necesarios para iniciar un procedimiento de
queja.
Esto es, si bien el señor Luis de Llano hace uso de las
palabras "india tepuja" y "pata rajada", lo cual efectivamente no es
lenguaje incluyente, éstas son usadas como calificativos para describir
el personaje que la señora Rita Macedo interpretó y no para referirse de
manera despectiva o insultante a los pueblos indígenas, como tampoco
hay en la conversación manifestaciones contrarias a sus derechos.
[i] Al
analizar el marco internacional, los investigadores Pedro Salazar y
Rodrigo Gutiérrez coinciden con la definicion expuesta al concluir que:
discriminar a una persona no significa diferenciarla de otra en el
trato.significa colocarla en una situación de inferioridad utilizando
como base de la descalificación un rasgo o una característica que es
innata e inmodificable. No se trata de una diferencia de trato "entre"
las personas por cualquier razón, se trata de una diferencia injusta
"contra" las personas basada en un prejuicio negativo que anula o
restringe el ejercicio de derechos. Haciendo una síntesis del contenido
de las clausulas insertas en los instrumentos señalados, es posible
decir que son tres elementos relacionados entre sí los que constituyen
un acto discriminatorio: a) una distinción injustificada; b) basada en
un rasgo; c) que anula derechos. En Salazar Ugarte, Pedro y
Gutiérrez Rivas, Rodrigo. El derecho a la libertad de expresión frente
al derecho a la no discriminación. Tensiones, relaciones e
implicaciones, Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM - Consejo
Nacional para Prevenir la Discriminación, 1a ed., México, D.F., 2008,
pág.40.

III.- Refutación
Paso
a refutar su oficio, no con la amplitud que quisiera debido a problemas
de falta de tiempo disponible. Todas las citas son del libro de los
señores Salazar Ugarte y Gutiérrez Rivas. Por cierto, si en el Conapred
pretenden basarse en un libro para resolver las quejas que les llegan
entonces hay que leerlo completo. Le voy a mostrar que el mismo libro
que usted citó para rechazar mi queja tiene otras partes que, por el
contrario, apoyan la validez de la misma. También utilizo
negritas para resaltar.
Así que con mucha pena tengo que dejarle de tarea leerse el libro
completo para que en el futuro no suscriba oficios que den pena ajena.
A) Definición de Discriminación-Estereotipos
Antes de la definición de discriminación que aparece en la página 40
del libro y que usted cita, Salazar Ugarte y Gutiérrez Rivas ya habían
dado otra definición:
la discriminación es una relación social en la que un grupo, con
capacidad de ejercer alguna o varias formas de dominio (económica,
política, cultural) minusvalora o repele a otro grupo social, colocando a
éste último en una situación de desigualdad u opresión. Para hacerlo,
se toma como punto de partida algún rasgo característico del grupo excluido, y con base en él se construyen estereotipos prejuiciados de inferioridad, inmoralidad o peligrosidad. p.32
Es evidente que Luis de Llano "minusvalora" a
quienes considera "indias patarrajadas". La característica de
"patarrajada", es decir, que se le agrietan los pies por utilizar
huraches en lugar de utilizar zapatos como lo hace el "civilizado" De
Llano, es un "rasgo característico" vuelto estereotipo prejuiciado de
inferioridad. Esta visión de inferioridad la reitera y confirma De Llano
al afirmar que su madre representó a una "india tepuja, pero que
hablaba peor que cualquier india que podía haber". En la visión de este
señor las indias sólo pueden hablar mal y lo que hizo su madre en su
actuación fue ir incluso un paso más adelante: ser más "india" que las
propias indias.
Debo recalcar que en la película de Buñuel en ningún momento el
personaje interpretado por
Rita Macedo es identificado como "india", patarrajada o no. Por eso
también le dejo de tarea, Karla Verónica, que vea la película completa.
El
personaje, Andara, se define a sí misma de esta forma: "Una será güila
(puta)
pero tiene su dignidad". Es Luis de Llano Macedo quien ve como "india
patarrajada" al personaje que interpretó su madre, definiéndola desde
sus prejuicios. Por eso le impresionó tanto, como él mismo lo expresa,
la transformación de su madre en su caracterización: Rita Macedo, la
mujer guapa, rica, culta, quien
para volver a interpretar un papel en una película de Buñuel se afea y
acepta aparecer en pantalla como una mujer pobre, ignorante,
supersticiosa y malhablada: las características que definen, son
consubstanciales a una "india patarrajada" en la visión del señor De
Llano Macedo, tanto que aunque en la película jamás es definida como
"india" este individuo sólo puede definirla de esa forma a partir de las
características señaladas.
B)- No Afecta-No Anula Derechos
Expresiones como las de De Llano considero afectan negativamente la vida
concreta de, en este caso, los indígenas, tan es así que presenté la
queja. Usted considera que no es así, que no hay afectación, pero en su
oficio jamás argumenta eso y mucho menos lo prueba, por lo que la suya
no pasa de ser una consideración subjetiva a la que abusivamente
pretende dar caracter de objetiva tan sólo por ser oficial. Le expliqué a
Jerónimo Lacorte que es muy común la práctica de minimizar y
menospreciar las protestas y desacuerdos con las resoluciones de los
funcionarios como usted como sólo "consideraciones subjetivas", cuando
que en ninguna parte está establecido que el obtener un cargo le
otorgará al funcionario, por ese solo hecho, la obtención de una visión
"objetiva".
Yo estoy mostrando que su oficio es pura palabrería para ocultar sus apreciaciones subjetivas, tras un barniz legal.
Los investigadores Salazar Ugarte y Gutiérrez Rivas señalan que
más allá de lo ofensivo que resulte o no la forma despectiva de
referirse a un grupo, lo verdaderamente importante es que ese desprecio
se traduce en una afectación a su posibilidad de vivir una vida digna:
Si
bien es cierto que las conductas de desprecio y estigmatización, son en
sí mismas degradantes para los individuos (y sólo por ello deberían de
ser prohibidos), lo más grave es que dichas conductas suelen traducirse
para los grupos discriminados, en una mayor dificultad de acceso a
determinados bienes, intereses o libertades que son indispensables para
poder tener una vida digna, y para poder participar en la conformación
política de la comunidad a la que pertenecen. Por ejemplo, no es sólo
que las culturas indígenas (sic) en México sufran la humillación de ser
consideradas inferiores en sus capacidades, sino que además como
consecuencia de ello, experimentan mayores dificultades en el acceso...a
trabajos bien remunerados... p.33
Le pregunto, Karla Verónica, ¿cree usted que De
Llano Macedo alguna vez produzca una telenovela o conforme un grupo
juvenil en el que una de las protagonistas sea lo que él considera una
"india patarrajada"? Si revisa el elenco de las producciones de
Televisa, la empresa en la que Luis de Llano Macedo es alto directivo,
resulta que la impresión que dejan es que México es un país
mayoritariamente conformado por personas blancas, salvo por algunos
indios ignorantes y supersticiosos. Hace tiempo ustedes, el Conapred,
difundieron
un video
en el que a diferentes niños se les preguntaba, de
entre dos muñecos, uno blanco y otro moreno, cuál era el bonito, cuál
era el bueno, cuál les gustaba más... y los niños no podían explicar por
qué preferían al muñeco blanco si el otro se les parecía más en el
color a la mayoría. El Conapred evadió completamente el tema de la
representación que se hace de las diferentes razas en la televisión
mexicana y la influencia que pudieran tener en esas percepciones
discriminatorias. Si en las telenovelas, por ejemplo, los "buenos" son
todos blancos, y hasta la "maldita doméstica" de la que se enamora el
hijo de los dueños de la mansión es interpretada por una actriz blanca,
¿le sorprende que los niños mayoritariamente morenos quieran ser blancos
o asumirse blancos?
Porque, segun el Conapred, el racismo que supuestamente pretendía
señalar y combatir al difundir ese video prácticamente resulta ser algo
innato en esos niños, surgido espontáneamente del aire que los rodea. ¿O
tengo que pensar que se trata de cobardía de los funcionarios del
Conapred que echan la culpa del racismo en los propios niños o, a lo
mucho en sus padres, porque no se atreven a señalar alguna
responsabilidad a la pantalla chica?
Algunos
de los problemas que hoy se están planteando al derecho son cómo
resolver la tensión entre los privilegios que en la actualidad tienen
algunos sectores de la población para acceder a las concesiones
públicas, sobre las frecuencias radiofónicas o televisivas, y las trabas
y dificultades que padecen otros. También se plantean preguntas en
torno a los contenidos en muchas ocasiones discriminatorios que los
medios de comunicación colocan ante la opinión pública. El debate tiene
muchas aristas pero cualquiera de ellas tiene enorme relevancia si
pensamos que la expresión de las opiniones en los medios de comunicación
es fundamental para la autodeterminación colectiva. No puede pasarse
por alto que dichos espacios de expresión son de enorme relevancia
política, si pensamos en los sectores en situación de discriminación,
para luchar contra las peores formas de exclusión que padecen.
pp.83-84
Lea con atención: "enorme relevancia si pensamos
que la expresión de las opiniones en los
medios de comunicación es fundamental para la autodeterminación
colectiva". El señor De Llano no dijo lo que dijo en la sala de su casa,
teniendo como visitantes a los señores Zuckermann y Tello. Lo dijo ante
un público indeterminado que implica por los menos algunos miles de
personas.
Prosiguen Salazar Ugarte y Gutiérrez Rivas:
...es importante referirse a la obligación que alcanza a los medios de
comunicación de no utilizar los espacios públicos (espacio
radioelectrico) concesionado por el Estado, para lanzar mensajes
discriminatorios o reproducir estereotipos sociales que, aun no siendo
discriminaciones directas en las que se estigmatice a grupos excluidos,
sean discriminaciones indirectas que se traduzcan en prejuicios de los
que derivan importantes daños. p.117
Usted afirmó que no se acreditaron los 3 elementos contemplados en el artículo 4 de la Ley:
a) una distinción injustificada
b) basada en un rasgo
c)
que anula derechos
Al subrayar
que anula derechos pone el acento en este último
aspecto. Como ya he mostrado usted no se leyó completo el libro que
utilizó mañosamente para pretender fundamentar el rechazo de mi queja.
Veamos la realidad.
Aparece que hay:
a) una distinción
injustificada: Hay las expresiones despectivas "india patarrajada" e
"india tepuja" que usted, hipócrita y eufemísticamente llama "lenguaje
no incluyente" cuando que se trata de lenguaje abiertamente
discriminatorio. Esto se generaliza de todas las "indias patarrajadas"
quienes "hablan mal", son feas, pobres e ignorantes como algo que les es
consubstancial.
b) basada en un rasgo: El rasgo de ser "indias patarrajadas".
c)
que anula derechos:
Ya he argumentado lo del "efecto"; aquí me refiero a su idea de que "no
(se) connota la intención o finalidad de excluirlas de algún derecho
humano". La voy a ilustrar al respecto pues muestra usted una gran
ignorancia. Lo que el tantas veces referido fulano pronuncia no es lo
que comunmente se llama "discurso de odio" sino lo que podría definirse
como "discurso de desprecio". No necesita expresar "manifestaciones
contrarias a sus derechos (de las "indias patarrajadas")" porque está
seguro de que estos derechos están limitados de por sí, sin que él tenga
que hacer algo en contra de los mismos.
O en otras palabras: que las "indias patarrajadas" son tan carentes
de poder e influencia que no necesita expresar odio (el odio se da
cuando el "inferior" se rebela o puede ser preligroso o hace sentir
inferior al que se cree "superior"), sino que se limita a expresar su
desprecio teniendo la confianza de que no habrá una reacción en su
contra por haberse expresado así, que aquéllas de las que así se expresa
no tienen el poder ni la influencia para reclamárselo.
Esto se hace muy evidente al comentar De Llano "Intocables", otra de
las películas que escogió como favorita suya. Evita cuidadosamente
llamar "negro" al personaje interpretado por el actor Omar Sy, y en su
lugar se refiere al "morenazo". Porque está consciente que si dijera del
actor negro algo parecido a lo de las "indias patarrajadas" sí se
metería en un problema serio, e incluso podría afectar los negocios de
Televisa en Estados Unidos, aunque el actor sea francés y no
estadounidense. Referirse despectivamente a un "negro" puede ser
costoso,
como le pasó al canciller del gobierno hondureño de facto, quien se había referido al presidente de Estados Unidos, Barack Obama, como un "negrito" y quien tuvo que renunciar después a su cargo.
Lo que expreso a continuación son ideas propias. Desde mi punto de
vista, a partir de la lucha en Estados Unidos por los derechos civiles,
por parte de líderes carismaticos como
Martin Luther King y
Malcom X,
al tema racial se le dio la importancia que merecía. Sin embargo, el
alcance y éxito de la lucha de estos líderes negros oscureció las
reivindicaciones de otros grupos, por ejemplo los asiáticoamericanos
("Asian American"). El problema racial se redujo, aunque suene a broma, a
una cuestión de blanco y negro, cuando que era un asunto más complejo.
En los países latinoamericanos siempre deseosos de ser modernos se
ha comenzado a trabajar el tema de la discriminación pero a un nivel aún
más esquemático que en Estados Unidos. Por eso se ha hecho tanto
hincapié en los afrodescendientes, como reflejo de la lucha que ya se
dio en Estados Unidos, aunque en países como Perú y México hubo matanzas
de asiáticos: un tema incómodo.
Finalmente me refiero a su otra apreciación subjetiva en el
sentido de que las expresiones de De Llano son calificativos al
personaje interpretado por Rita Macedo y no "para referirse de
manera despectiva o insultante a los pueblos indígenas".
Como ya
he mostrado usted es parcial ya sea porque está de acuerdo con la
visión de De Llano o le han ordenado que dé este tipo de respuestas para
"no hacer olas": "lenguaje no incluyente", "no afecta", libros que no
se leen completos...
Hay una abundante bibliografía sobre la representación en el cine de
determinados grupos y la influencia en la percepción de los mismos a
partir de estas representaciones. Le dejo también de tarea buscar, por
ejemplo, el libro
México visto por el cine extranjero, de Emilio García Riera.
Lo que usted afirma es que, por ejemplo, si alguien comenta en un medio masivo, televisión o radio, que en la película
Philadelphia
el actor Tom Hanks interpretó a un "pinche puto sidoso" eso de ninguna forma
sería insultante para los homosexuales.
O que se diga de otra película,
La decisión de Sophie, que la actriz Meryl Streep hizo el papel
de una "maldita judía de mierda",* lo que, tampoco sería ofensivo para la comunidad
judía. Según la rara forma de razonar que exhibe en su oficio ninguna
de esas expresiones sería insultante ni para homosexuales ni para judíos
pues "sólo" son calificativos para referirse a los personajes que se
interpretan. Por cierto que ni Tom Hanks es homosexual ni Meryl Streep
es judía.
Contra lo que usted dice, esas actitudes han implicado afectaciones reales en la
vida de las personas, por ejemplo, por poner un botón de muestra, que
una actriz tan talentosa como
Alicia del Lago quien inició su carrera en la película
Raíces
interpretando a una mujer, una "india patarrajada", acosada sexualmente
por un blanco que no le hace el feo a acostarse con una india, no haya
tenido una carrera constante. Cómo lo iba a conseguir si era una INDIA, y
gente como usted, supuestos defensores de gente como ella, exhiben con
cínica hipocresía que en realidad no les importan más que para obtener
un lucro (sueldo pagado con dinero público) que no merecen.
Tomoo Terada
C.c.p.
Ricardo Antonio Bucio Mújica <presidencia@conapred.org.mx>
Ricardo Miguel Raphael de la Madrid<ricardo.raphael@cide.edu>
Santiago Corcuera Cabezut <scorcuera@curtis.com>
Pedro Salazar Ugarte <pedsalug@yahoo.com>
Rodrigo Gutiérrez Rivas <rodgut@servidor.unam.mx>
*Originalmente sólo era "maldita judía" pero en comparacion con "india patarrajada" y "pinche puto" no sonaba suficientemente ofensivo. O todos coludos o todos rabones. ¿Verdad,
Claudio Lomnitz?
RV: Respuesta a Conapred sobre no admisión queja "Indias patarrajadas" en ForoTV.
Mon, May 6, 2013 at 2:11 PM
Karla Verónica Calcáneo Treviño <vcalcaneot@conapred.org.mx>
Distinguido Sr. Tomoo Terada Zavala:
¡Buenas tardes!
En
atención a su correo electrónico de 25 de abril del año en curso, me
permito reiterarle los argumentos que le fueron expuestos por este
Organismo, mediante el oficio 000592 de 19 de febrero de 2013, signado
por la suscrita, a través del cual se le expone por qué en los hechos
expuestos por usted no se configura jurídicamente un presunto caso de
discriminación, que pudiera ser analizado a través del procedimiento de
queja de este Consejo Nacional.
Sin
embargo, si usted tuviera alguna inconformidad con la atención y
respuesta brindada, puede acudir al Órgano Interno de Control en el
Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, ubicado en la calle de
Dante #14, piso 10, colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, México,
Distrito Federal, a fin de que se analice por la instancia competente
si se incurrió en alguna responsabilidad administrativa. La titular del
área de responsabilidad y quejas es la licenciada Juana Padilla Tapia, a
quien puede localizar en el número telefónico 52 62 14 90, ext. 5803.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Atentamente,
Mtra. Karla Verónica Calcáneo Treviño,
Directora de Quejas del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación
cc: presidencia@conapred.org.mx,
htellezl@conapred.org.mx,
Marco Antonio Hernandez Hernandez <mahernandezh@conapred.org.mx>,
jtorresr@conapred.org.mx,
ajeronimol@conapred.org.mx,
dchavezh@conapred.org.mx
Nota: Karla Verónica Calcaneo Treviño recurre a una práctica común en la administración pública mexicana realmente existente. Finge responder a mi cuestionamiento argumentado a su resolución negativa "reiterando" su respuesta, dando a entender que la misma es bastante clara y está realmente argumentada y no hay más que agregar. Detras de la aparente extremada cordialidad: "buenas tardes", "en atención a", incluso la indicación de con quien puedo dirigirme para manifestar mi desacuerdo, lo que hay es una extremo autoritarismo incapaz de contrargumentar con razones.
En realidad a quienes "responde" Calcaneo es a sus colegas, por eso señala copia a ellos, superiores y colegas.
Por otra parte pretende "echar la bolita" a la Secretaría de la Función Pública sobre su resolución negativa. En la SFP se supone [se supone] que saben algo sobre faltas administrativas pero que los "expertos" en discriminación son los funcionarios del Conapred. Al remitirme a la SFP, como no la estoy acusando de esconder o destruir expedientes, o no tener probidad en el manejo de los recursos a su cargo, etc., la SFP con absoluta seguridad la "exonerará". ¿O pretenderan que los funcionarios de la SFP hagan el trabajo que supuestamente les corresponde y decidan lo que sí o no es discriminación, y por lo tanto califiquen si lo ocurrido en ForoTV es o no una conducta discriminatoria?
Tue, May 7, 2013 at 5:57 PM
Respuesta a Karla Verónica sobre no admisión queja "Indias patarrajadas" en ForoTV.
Karla Verónica Calcáneo Treviño:
Su otra vez reiterada aparente
cordialidad no logra encubrir que no tiene argumento alguno. Usted no
reitera nada pues nunca ha presentado argumento jurídico alguno, pues
como yo sí expuse interpretó a conveniencia una sola norma utilizando el
libro de los investigadores Salazar Ugarte y Gutiérrez Rivas, de forma
parcial, para presentar sus consideraciones subjetivas como "hechos" que
jamás demuestra.
No voy a perder mi tiempo con el Órgano Interno de Control,
dependiente de la existente/inexistente Secretaría de la Función
Pública, que tan ha demostrado su inutilidad que actualmente se
encuentra en proceso de sustitución por un proyectado Consejo en contra
de la Corrupción. Hecho que es de conocimiento público.
En cambio reiteraré mi solicitud de una cita al presidente del
Conapred, la cual formalizaré, puesto que su respuesta deja claro el
cinismo personal de usted, que seguramente aprendió de su jefa, Hilda
Téllez Lino, a quien tuve la desgracia de conocer cuando dicha señora
era visitadora adjunta en la Comisión de Derechos Humanos del Distrito
Federal (CDHDF), siendo presidente Luis de la Barreda Solórzano, otro
simulador. Por cierto, me encantaría que la señora Téllez y el señor De
la Barreda me demandaran por "difamarlos" porque me daría la oportunidad
de exhibirlos públicamente.
Puesto que se ostenta como "Maestra", supongo en Derecho, le dejo de tarea leer
El Alma de la Toga de Angel Ossorio y
El Jurista y el simulador del Derecho de Ignacio Burgoa, por la nula ética personal y profesional que muestra.
Tomoo Terada
Forward:
presidencia@conapred.org.mx,
htellezl@conapred.org.mx,
Marco Antonio Hernandez Hernandez <mahernandezh@conapred.org.mx>,
jtorresr@conapred.org.mx,
ajeronimol@conapred.org.mx,
dchavezh@conapred.org.mx
He solicitado cita por escrito a Ricardo Bucio, presidente del Conapred:
http://teradatomoo.blogspot.mx/2013/05/solcitud-de-cita-con-ricardo-bucio.html
Tue, May 7, 2013 at 6:45 PM
A Karla Verónica como prevención.
Por cierto, Karla Verónica, hago público este intercambio de correos en mi blog personal [
teradatomoo.blogspot.com].
Asimismo señalo tres cosas:
1.
Luis de la Barreda Solórzano es un tipo peligroso, igual que lo es José
Carreño Carlón y lo era su padre. Mostré cómo el periódico con el que
ambos están relacionados,
La Razón, organizó un ataque basado en
mentiras en contra de un escritor llamado Gabriel Zaid, por atreverse a
criticar el nombramiento de Carreño en el Fondo de Cultura Económica.
Dejan claro ambos así cuán poco les interesa la verdad, al "periodista" y
al "jurista", cuando sus intereses y los de sus amos son afectados.
http://teradatomoo.blogspot.mx/2013/02/el-ataque-contra-gabriel-zaid.html
2.
De la Barreda conoce mi domicilio particular, pues fui quejoso ante la
CDHDF que presidía y desde entonces sé que es un farsante. Así que no se
le ocurra organizarme un "accidente" o una "pelea callejera" en la que
me pase algo. O un "asalto" en mi domicilio.
3. Veo que sigue en usted el mismo cinismo que hace años
encontré en otros funcionarios, una de ellas Hilda Téllez Lino, pero ya
no es tan fácil ocultar las cosas como entonces. Incluso el aparente
apego estricto a la ley que se finge, ya no es convincente.
Tomoo Terada
Karla Verónica Calcáneo Treviño <vcalcaneot@conapred.org.mx>
Luis de la Barreda Solórzano <lbarreda@unam.mx>
C.c.p.
B.c.p. Ricardo Miguel Raphael de la Madrid <ricardo.raphael@cide.edu>
Santiago Corcuera Cabezut <scorcuera@curtis.com>
Pedro Salazar Ugarte <pedsalug@yahoo.com>
Rodrigo Gutiérrez Rivas <rodgut@servidor.unam.mx>
| En esta entrada expondré proximamente el porqué considero a Luis de la Barreda Solórzano sólo un sirviente de los intereses que le convienen, detrás de la falsa imagen de comprometido y culto defensor de los derechos humanos. Repito: me encantaría que ese tipo o su "maldita doméstica" en la CDHDF, Hilda Téllez Lino, me demandaran por difamación, porque, como se sabe, para configurar ese delito no importa si lo que se dice es cierto o falso. En este caso es cierto. |
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