Entregué ayer este escrito en la CDHDF. Como lo escribí podría haberme extendido mucho más. No importa la resolución que tome la Comisión, seguramente muy tibia y después de muchas consideraciones políticas, más en esta época. Lo que importa es que quedó desnudo, evidente, que la narrativa promovida e impuesta acerca del dizque acoso del taxista a Tamara de Anda es la explotación de la buena fe de personas, hombres y mujeres, con preocupación por los problemas de acoso y violencia hacia las mujeres para ser, siento decirlo, tontos útiles que sirvan a la promoción personalista de Tamara de Anda y el bisne del Grupo Frente.
CDMX,
a cuatro
de agosto de 2017
Oscar
Prado Miranda
Director
de Área de la Primera Visitaduría de la CDHDF
Con
respecto a la queja expediente CDHDF/I/121/CUAUH/17/D2584 caso
“Taxista y Tamara de Anda” presento esta aportación y ampliación
de los argumentos para establecer la existencia de violaciones a
derechos humanos en el presente caso por parte de las autoridades
involucradas.
En
su momento hablé bastante con la visitadora adjunta encargada pero
pongo por escrito lo que le comenté a ella, ampliándolo. El hecho
de que fuera una mujer ayudó a precisar y dar filo a mis argumentos.
Me dirijo a usted porque es el funcionario de mayor jerarquía de la
CDHDF que ha revisado directamente el caso, y entiendo es el
supervisor de la visitadora. Por razones de espacio y brevedad no
puedo ahondar y exponer todo lo que quisiera y podría.
1.
Primero hay que empezar por decir que nadie puede estar en contra de
que se respete a las mujeres en la calle y otros ámbitos, pero que
eso no puede llevar a admitir un fraude como es el caso de Tamara de
Anda.
Esta
señora recientemente se ha buscado imponerla a través de la campaña
#NoMeDigasGuapa con toda la fuerza del grupo mediático que edita la
revista Chilango
y del que ella forma parte, como heroína e icono feminista de la
lucha ya no contra el llamado acoso callejero sino contra toda
violencia hacia las mujeres, incluidos feminicidios. Eso implica que
a alguien que vivió la terrible experiencia de que le gritaran
“guapa” le conseguirían la posición de vocería y
representación de mujeres que, en contraste, han sido golpeadas,
violadas y asesinadas. Sería divertido por ridículo si no implicara
una burla a las víctimas de reales agresiones. Esa insistencia en
promover a De Anda apoyada con un aparato mediático de una magnitud
que las víctimas reales no cuentan confirma que hay algo raro en
esta supuesta “víctima de acoso”.
Porque
es una campaña que desde su hashtag hace referencia personalista a
De Anda y al escándalo que la hizo conocida siendo que hay hashtags
feministas ya establecidos y que hablan de una lucha colectiva, como
#VivasNosQueremos, #NiUnaMás, #MiPrimerAcoso...
Suponiendo
sin conceder que se tratara de una lucha real, por más respetable
que pudiera parecer, no puede la misma partir del ejercicio y la
defensa de la corrupción, el abuso, el clasismo porque pierde
cualquier legitimidad. Tampoco ayuda el uso de mentiras, medias
verdades ni el uso del chantaje moral o la pretensión de imponer
sus criterios por parte de De Anda y sus partidarixs usando la
intimidación de acusar, con mucha facilidad y sin respaldarlo en
verdaderas pruebas y argumentos, como “misógino” a quien se
atreva a disentir de ellxs.
Si
el taxista en lugar de “guapa” hubiera gritado algo como “en
esa cola sí me formo” o cualquier otra vulgaridad no habría
desacuerdo alguno posible y todos, hombres y mujeres, condenaríamos
al taxista majadero, pero eso es justamente lo que no pasó. Y si una
expresión es exactamente lo mismo que la otra, sin matización ni
distinción alguna, entonces se estaría en el supuesto de que
“acoso” es cualquier cosa que a capricho a una supuesta
“ofendida” se le ocurra considerarlo así. Eso es camino abierto
a abusos, a violaciones a derechos humanos tomando como pretexto un
objetivo que en principio era valido.
En
su momento muchas mujeres expresaron su desacuerdo con Tamara de
Anda, en redes sociales, Y sin duda muchas mujeres que en principio
podrían estar de acuerdo con la posición de ella lo pensarían dos
veces si una acción como la suya implicara afectación a sus
esposos, padres, hermanos, hijos... de estas otras mujeres. Así que
hay que recalcar esto: Tamara de Anda no representa más que a ella
misma y a un grupo de mujeres que se autodefinen como feministas, ni
siquiera todo el feminismo.
2.
Tal como ha quedado establecido, el juez cívico del presente caso,
David Jordán Ríos, quien sigue en servicio en la Dirección
Ejecutiva de Cultura Cívica, lo que castigó en el taxista fue un
tono de voz al gritar la palabra “guapa” lo que “convirtió”
esta expresión en algo “injurioso”, no una conducta de “acoso”
como se publicitó.
Cabe
resaltar que incluso ese tono nunca se probó pues jamás se presentó
grabación. El castigo se basó sólo en la percepción subjetiva de
De Anda. Y si quedara duda de que no se trató de justicia, como
consta en el expediente Tamara de Anda se negó a la conciliación a
pesar de que el taxista se disculpó con ella. Habrá quien vea esto
como la reacción de una mujer harta del “acoso”, pero también
habrán quienes lo vean como la forma en que De Anda dejó bien claro
que con ella ningún “pinche indio naco igualado” se iba a ir sin
su castigo. No son afirmaciones textuales de De Anda pero que sí son
derivables de un clasismo supuestamente ya superado del que dejó
constancia en Twitter, y del lenguaje que usa en su blog en El
Universal.
Porque
también se ha pretendido demonizar como “acosador” a un taxista
a quien nunca se buscó para que diera su version, por parte de una
prensa supuestamente progresista que cerró filas con Tamara de Anda
a pesar de su pretendido “dar voz a quienes no tienen voz”.
Porque entre otras cosas De Anda para justificar que un “guapa”
dicho por el dueño del restaurante Covadonga, el “señor
Covadonga”, es un halago y el dicho por un taxista es una amenaza
habló en una entrevista de que era muy diferente que se lo dijeran
entre amigos en un ambiente seguro que “en tono intimidante” y en
la calle, en donde podría pasarle “cualquier cosa”.
No
se cuestiona el derecho de cualquier mujer a quejarse y denunciar
cuando se siente amenazada, pero curiosamente en el caso de De Anda
los lugares donde se siente segura es en ambientes adscribibles a una
determinada clase social, en su periscope no se ve nerviosa ni
traumatizada como suelen estarlo la víctimas de verdadero acoso, no
acusó al taxista de amenazas si es que el tono fue realmente
“intimidante”, y a menos que sostenga que tenía miedo de que el
taxista, quien estaba dentro de su taxi, tuviera un arma y le fuera a
disparar a la distancia sin razón, lo de que pudiera pasarle
“cualquier cosa” no se puede tomar como más serio ni grave que
el “cualquier cosa” que nos puede pasar a cualquiera, hombres y
mujeres, en un país y ciudad con problemas de seguridad.
3.
Conforme el Protocolo
de Actuación Policial de la Secretaría de Seguridad Pública del
Distrito Federal para la Detención de Probables Responsables en el
Marco del Sistema Penal Acusatorio contenido
en el acuerdo 01/2015 publicado
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de enero de 2015, se
establece que
la policía en el ejercicio de su servicio no debe hacer discriminación por motivo de origen étnico, lengua, edad, condición social, salud, religión, opinión, preferencia sexual, estado civil, nacionalidad o cualquier otra que atente contra la dignidad humana, en todo momento deberá prevalecer el reconocimiento de sus derechos, cuando incurran en infracciones administrativas o delitos.
(...)
Quinto: Al realizar las acciones para la detención de Probables Responsables en el Marco del Sistema Penal Acusatorio, la Policía deberá:
V. Abstenerse de infringir, instigar o tolerar actos de intimidación, discriminación, tortura y en general cualquier trato cruel, inhumano o degradante.
(...)
CAPÍTULO II
POLÍTICAS DE OPERACIÓN
2.1. La Policía cumplirá sus funciones con imparcialidad, objetividad, respeto y protección de la dignidad humana y los derechos humanos, con el propósito de dar certeza a los actos que lleve a cabo en su actuar.
2.2. Al realizar la detención de cualquier infractor o probable responsable, el integrante de la Policía debe reducir al máximo la posibilidad de cualquier afectación a derechos humanos que comprometan su actuación.
Había
anunciado que presentaría otra queja en contra de la Secretaría de
Seguridad Pública, pero he considerado mejor agregarla como
aportación, ampliación u anexo.
Como
ya es de su conocimiento, la propia Tamara de Anda hizo público que
uno de los oficiales le “sugirió” presentar una denuncia por
acoso sexual y no por una “falta cívica”. Como si fuera la carta
de un menú a De Anda la policía le dio a escoger de qué podía
acusar al taxista y ésta escogió no proceder por la vía penal “por
revictimizante” y cansado, y sólo en segundo lugar por “buena
onda”, porque no había sido eso lo que había hecho el taxista.
Es
evidente la parcialidad de la policía, y conforme las normas arriba
citadas es una violación evidente de su obligación de
imparcialidad, al no limitarse a informar y apoyar de manera legítima
sino que se puso al servicio de una de las partes, por cierto la más
fuerte. Porque contra el postulado feminista de la situación de
debilidad e inferioridad de la mujer siempre, en todos los casos,
resultó que el taxista terminó a merced de lo que De Anda quisiera
hacer de él.
Con
posterioridad De Anda en entrevistas ha tratado de arreglar este
tropiezo, que la hacía ver mal y en que ella misma se metió por´su
propio cinismo, tratando de presentar que se le había atendido como
a cualquier otra denunciante, sin ningún favoritismo, pero sin explicar cómo la policía se puso a su servicio.
Reitero,
pues, este es un caso evidente de violación de derechos humanos por
la violación a la garantía de legalidad, la parcialidad mostrada
por la autoridad, el silenciamiento que se dio a una de las partes
para demonizarla sin que pudiera defenderse, todo lo anterior no con
el objetivo legítimo de la lucha por el respeto a las mujeres y su
seguridad, sino puesto al servicio de los intereses publicitarios de
una individua perteneciente a un grupo mediático que la apoya en la
explotación de las mujeres realmente violadas, agredidas y
asesinadas, todo para su promoción personalista, la promoción de Tamara de Anda.
Atentamente.
Tomoo
Terada
NOTA:
Con posterioridad la CDHDF emitió el 31 de agosto de 2017 un Acuerdo de Conclusión de esta queja, por parte de Yolanda Ramírez Hernández, entonces Primera Visitadora General de la CDHDF y ahora Directora General Jurídica ahí mismo, el cual me dio a conocer sólo hasta el 9 de enero de este año, 2018, es decir más de 4 meses después de emitida.
Además, en ese acuerdo de omitía este escrito que he transcrito arriba, para luego hacer referencia distorsionada del mismo, a fin de encubrir al policía-sirviente de Tamara de Anda.
En esta entrada transcribo el Recurso de Impugnación que presenté contra esa amañada conclusión y aproveché, de paso, para en el capítulo de Hechos, narrar mi experiencia con la corrupción en la CDHDF: https://teradatomoo.blogspot.mx/2018/02/recurso-de-impugnacion-vs-cdhdf-caso.html
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